Tratamiento de los derechos de replantacion de vinedo en la evaluacion de inversiones en explotaciones viticolas. 1.
2001
Gomez Limon Rodriguez J.A. | Garcia Alvarez J.M. | Casquet Morate E.
Español; castellano. La nueva OCM del vino continua prohibiendo las nuevas plantaciones de vid. Con ello la unica forma legal de realizarlas es a traves de los derechos de replantacion. Es por esto que los autores del presente trabajo estiman necesaria la inclusion de tales derechos en la evaluacion financiera de inversiones en vinedos. Su consideracion se ha planteado en esta comunicacion bajo distintos supuestos, dependiendo que el viticultor este o no en posesion de los mismos. En el primer caso, se considera que el tratamiento mas correcto es tenerlos en cuenta como un coste de oportunidad (incrementos de los flujos de caja) y, en el segundo, como un componente mas de la cifra total de desembolsos que conlleva la puesta en marcha de la explotacion, sin reembolso alguno en el momento de la liquidacion de la plantacion. Considerar otro tipo de tratamiento implicaria sobrevalorar la rentabilidad de la inversion.
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Información bibliográfica
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